Certificación
Proceso de Titulación
La Titulación es el proceso a través del cual, a solicitud del egresado, el Plantel revisa y valida la documentación, se realiza el Acto Protocolario y se emite el Título de Profesional Técnico o de Profesional Técnico-Bachiller conforme a las disposiciones establecidas en el Reglamento Escolar para Alumnos del Sistema CONALEP y la normatividad institucional aplicable.
De la solicitud
Los requisitos para que el egresado tenga derecho a solicitar el proceso de titulación son:
I. Presentar solicitud en formato establecido por el Plantel;
II. Contar con el Certificado de Terminación de Estudios de Profesional Técnico o de Profesional Técnico-Bachiller;
III. Haber cumplido con la prestación del Servicio Social obligatorio, para lo cual deberá contar con la constancia de liberación correspondiente que así lo acredita;
IV. Contar con constancia de liberación de Prácticas Profesionales que compruebe haberlas realizado;
V. Constancia de no adeudo de material, herramienta o equipo, emitida por el plantel; y
VI. 6 fotografías tamaño título y 4 tamaño infantil iguales y recientes, con el cabello levantado, sin aretes, retoque y de fondo blanco. (Verifica en tu Plantel este requisito).
El plazo para que el egresado solicite su proceso de titulación es de seis meses contados a partir de que cumpla con los requisitos establecidos. De no hacerlo en ese plazo deberá solicitar autorización al Comité de Titulación del Plantel, exponiendo el o los motivos por los cuales no presentó dicha solicitud.
De la validación documental
El Responsable de Titulación del Plantel deberá llevar a cabo la verificación de los documentos que integran el expediente de titulación con el fin de constatar que el egresado cumplió con los requisitos para obtener el Título de Profesional Técnico o de Profesional Técnico-Bachiller. Cuando el expediente se encuentre incompleto se deberá notificar al egresado, a través de los medios que disponga el Plantel, para que éste solicite al Comité de Titulación del Plantel autorización para presentar una segunda solicitud por un tiempo improrrogable de 30 días naturales para llevar a cabo la validación documental y el acto protocolario.
Del acto protocolario
El acto protocolario de titulación será de carácter público y se realizará en las instalaciones del Plantel en un plazo no mayor a 30 días hábiles después de la solicitud del egresado, al cual se le notificará por los medios al alcance del plantel, cinco días hábiles anteriores a la fecha establecida.
Del registro de título y Expedición de cédula profesional
Una vez que el egresado ha obtenido su título, el trámite de la cédula profesional deberá realizarlo personal y directamente ante la Dirección General de Profesiones. Consulta los requisitos en la liga siguiente: www.gob.mx/cedulaprofesional
Obtén mayor información en tu Plantel.