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Titulación

La Titulación es el proceso a través del cual, a solicitud del egresado el Plantel revisa y valida la documentación, se realiza el Acto Protocolario y se emite el Título de Profesional Técnico o de Profesional Técnico-Bachiller conforme a las disposiciones establecidas en las Reglas de Convivencia Escolar para Alumnos del Sistema Nacional de Colegios de Educación Profesional Técnica y la normatividad institucional aplicable.

Es importante recordar que el procedimiento de titulación inicia en el momento en que el egresado cuenta con la TERMINACIÓN del SERVICIO SOCIAL y PRACTICAS PROFESIONALES; además de tener su CERTIFICADO DE TERMINACIÓN DE ESTUDIOS CONALEP.

 

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El proceso de titulación iniciará inmediatamente después de que la persona egresada cumpla con los requisitos establecidos, por lo que el área de control escolar le comunicará la fecha en que se llevará a cabo el protocolo de titulación correspondiente.

El otorgamiento del título profesional a las personas egresadas que cursaron su carrera de Profesional Técnico o de Profesional Técnico-Bachiller, de acuerdo con el modelo académico al que pertenezca, se lleva a cabo bajo la modalidad única denominada “Titulación Inmediata”.

La titulación inmediata consiste en la emisión del título profesional a las personas egresadas que hayan aprobado todos los módulos de la carrera cursada y cumplan con los requisitos establecidos.




Los requisitos para que el egresado tenga derecho a solicitar el proceso de titulación son:

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Solicitud


Presentar Solicitud para Titulación.

Certificado

Contar con el Certificado de Terminación de Estudios de Profesional Técnico o de Profesional Técnico-Bachiller.

Servicio Social

Haber cumplido con el Servicio Social obligatorio, y contar con la constancia de liberación correspondiente que así lo acredita.

Prácticas Profesionales

Contar con constancia de liberación de Prácticas Profesionales que compruebe haberlas realizado.

No Adeudo

Constancia de no adeudo de material, herramientas y/o equipo; con las firmas correspondientes.

Fotografías

Fotografías formales de acuerdo con las indicaciones de la persona responsable de Titulación en el plantel.

  1. Presentar su Solicitud para Titulación.
  2. Contar con el Certificado de Terminación de Estudios de Profesional Técnico o de Profesional Técnico-Bachiller;
  3. Haber cumplido con la prestación del Servicio Social obligatorio, para lo cual deberá contar con la constancia de liberación correspondiente que así lo acredita;
  4. Contar con constancia de liberación de Prácticas Profesionales que compruebe haberlas realizado;
  5. Constancia de no adeudo de material, herramientas y/o equipo; con las firmas correspondientes; y
  6. Fotografías formales de acuerdo con las indicaciones de la persona responsable de Titulación en el plantel.

El plazo para que el egresado solicite su proceso de titulación es de seis meses contados a partir de que cumpla con los requisitos establecidos. De no hacerlo en ese plazo deberá solicitar autorización al Comité de Titulación del Plantel, exponiendo el o los motivos por los cuales no presentó dicha solicitud.

 

 

La persona responsable de titulación del lantel CONALEP deberá llevar a cabo la verificación de los documentos que integran el expediente de titulación con el fin de constatar que la persona egresada cumplió con los requisitos para obtener el título de Profesional Técnico o de Profesional TécnicoBachiller, de acuerdo con el modelo académico al que pertenezca.

Cuando el expediente se encuentre incompleto se deberá notificar al egresado, para que subsane la omisión.

 

 

El acto protocolario de titulación será de carácter público y se realizará en las instalaciones del Plantel en un plazo no mayor a 30 días hábiles después de la solicitud del egresado, al cual se le notificará por los medios al alcance del plantel, cinco días hábiles anteriores a la fecha establecida.

 

 

El registro de título y expedición de cédula profesional de las personas egresadas del Sistema CONALEP, se llevará a cabo atendiendo la normatividad que para tal efecto emita la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y, en su caso, la autoridad educativa de cada entidad federativa. La emisión de la cédula profesional estatal no limita el derecho de la persona egresada de obtener su cédula profesional federal.

El personal responsable del área de Servicios Escolares del plantel CONALEP, verificará en el Sistema Informático Institucional que el título se encuentre como “Entregado”; y procederá con la carga de los datos respectivos en el SITTED o su equivalente, para el envío de esta información a la Dirección General de Profesiones.

La persona egresada titulada será la responsable de llevar a cabo el trámite de expedición de su cédula profesional ante la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, o bien, ante las autoridades educativas de cada entidad federativa, según corresponda.

 



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